El C.D. Móstoles URJC dispone de un procedimiento de acreditación previa para el acceso al Estadio Municipal “El Soto” de aquellas personas que, sin formar parte de los equipos participantes ni estar expresamente designadas para desempeñar una función en el encuentro, pretendan acceder al recinto en virtud de su condición profesional, federativa, institucional o informativa.
Toda solicitud de acreditación deberá formularse OBLIGATORIAMENTE por escrito a través del correo electrónico comunicacion@cdmostoles.com, antes de las 13:00 horas del último día laborable anterior al encuentro, salvo que para un partido concreto el Club comunique expresamente otro plazo.
Las solicitudes recibidas fuera de plazo o remitidas por otra vía no serán admitidas, salvo aquellas situaciones excepcionales que deban ser atendidas necesariamente por disposición legal, federativa o por razones organizativas del propio encuentro.
La solicitud deberá contener los datos necesarios para identificar al interesado y justificar la condición por la que solicita el acceso. La recepción de una solicitud no supone por sí sola la concesión de la acreditación, que deberá ser expresamente confirmada por el C.D. Móstoles URJC.
Podrán solicitar acreditación:
Todas las acreditaciones son personales e intransferibles y válidas exclusivamente para el encuentro solicitado. El Club podrá requerir en el acceso la presentación de un documento oficial de identidad.
La posesión de una licencia o credencial federativa, la inclusión en un listado federativo o la concesión de una acreditación no exime del cumplimiento de los controles de acceso, seguridad, aforo y sectorización ni habilita para acceder a vestuarios, terreno de juego, banquillos, zonas técnicas u otras áreas restringidas que no correspondan a la función de la persona acreditada. Estas reglas coinciden con lo establecido en los artículos 40 y 42 del nuevo RRI.
Asimismo, la entrada, acreditación, invitación, licencia o credencial no otorga por sí misma autorización para captar, grabar, retransmitir, emitir, reproducir, difundir o explotar audiovisualmente el encuentro.
En los encuentros disputados como local, el C.D. Móstoles URJC ejercerá los derechos audiovisuales que le correspondan conforme a la normativa de la competición y demás acuerdos aplicables. Salvo autorización previa y expresa del Club, queda prohibida la grabación o retransmisión audiovisual del encuentro con finalidad profesional, informativa, comercial o de difusión pública, sin perjuicio de los derechos que la legislación vigente reconozca específicamente a determinados prestadores de servicios de comunicación audiovisual o radiofónicos. Esto reproduce sustancialmente la nueva regulación del artículo 49.
El acceso al Estadio Municipal “El Soto” supone la aceptación de las Normas de Acceso, Permanencia, Seguridad y Convivencia establecidas en el Reglamento de Régimen Interno del C.D. Móstoles URJC.
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